Capítulo I - DENOMINACIÓN Y FINES
Art. 1. La "Asociación de Prensa Profesional" , en lo sucesivo APP, fundada en 1925 en Barcelona, entidad admitida por la UNESCO y miembro español de la FIPP (Federación Internacional de la Prensa Periódica), se regirá en lo sucesivo por los presentes Estatutos.
La APP es una Asociación voluntaria de Empresas Periodísticas editoras de publicaciones periódicas técnicas, científicas o profesionales, domiciliadas en España.
Se entiende por publicación periódica técnica, científica o profesional la que de manera primordial informa con periodicidad a sus lectores sobre temas referentes a la Tecnología, las Ciencias o a los diferentes aspectos de las actividades profesionales.
Art. 2. Son fines de la APP:
- Promover el desarrollo y el prestigio de la prensa técnica española en todo el mundo.
- Defender los intereses legítimos de las empresas asociadas.
- Representar a las empresas asociadas en los organismos oficiales y profesionales a que haya lugar, y en los actos de promoción pública.
- Difundir la labor cultural, científica y promocional que realiza la prensa técnica española, y en particular la de las publicaciones de los asociados.
Art. 3. Para cumplir los fines de la APP, ésta procurará, por si misma o a través de sus Secciones especializadas:
- Formar parte de cuantos organismos públicos o profesionales estime oportunos.
- Mantener la ética y la dignidad profesionales al más alto nivel, por lo que la Junta Directiva estará facultada para apercibir o sancionar de acuerdo con estos Estatutos, así como para ejercitar las oportunas acciones de defensa de sus asociados.
- Perfeccionar y exaltar todo lo posible la imagen pública de la prensa técnica y profesional.
- Realizar estudios técnicos, económicos, de mercado u otros, en el ámbito de actuación de sus publicaciones, y contribuir a toda tarea de racionalización y progreso de esta actividad.
- Facilitar o gestionar asesoramiento jurídico, fiscal, sindical, financiero, y a los que pudieran acordarse, en la medida que fuera necesario.
- Fomentar la publicidad y la suscripción para las publicaciones asociadas.
- Salvaguardar los intereses legítimos de las empresas asociadas contribuyendo a eliminar la competencia desleal y todo lo que pueda perjudicar las relaciones entre ellas.
- Colaborar al estudio y divulgación de todo progreso científico, tecnológico o económico, ya que, junto con el beneficio que representa para el progreso general del país en todos los órdenes, aumentará el prestigio de las empresas y publicaciones de su ámbito.
- Defender los intereses profesionales colectivos de las empresas asociadas.
- Mantener relación constante con los organismos oficiales y sus actividades, recibiendo y facilitando información y asesorando a los mismo sobre todo cuanto pudiera redundar en beneficio o perjuicio de sus asociados.
- Formar parte de, o estar presente en, Federaciones, Sociedades, Congresos o Conferencias nacionales o internacionales que puedan afectar a la prensa técnica, así como en las exposiciones y ferias que se estime conveniente.
- Facilitar el contacto e intercambio entre las publicaciones asociados y las extranjeras.
- Organizar Congresos y Exposiciones, cursillos y conferencias, y editar, cuando lo crea oportuno, fascículos y publicaciones con estudios que ofrezcan interés para los socios, boletines de comunicación con éstos y con las personas o empresas a quienes la prensa técnica y profesional sirve, o editar órganos propios de expresión.
- Acoger en su seno, como asociados, el mayor número posible de empresas editoras de publicaciones del tipo definido en el artículo 1.
A tal efecto, la APP realizará, con carácter de continuidad, campañas para la captación de nuevos asociados.

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